GUÍA CORPORATIVA 2025
Pago de Utilidades 2026
Las utilidades 2026 corresponden a las ganancias del ejercicio 2025 y deben ser pagadas por las empresas que generan rentas de tercera categoría y cuentan con más de 20 trabajadores. Las microempresas inscritas en el REMYPE no están obligadas a repartir utilidades.
El porcentaje a distribuir varía según la actividad económica: 10% para pesqueras, telecomunicaciones e industriales; 8% para mineras, comercio y restaurantes; 7.5% para el sector agrario; y 5% para las demás actividades. El reparto se calcula en dos mitades: una según los días efectivamente laborados y otra según las remuneraciones percibidas.
El pago debe realizarse dentro de los 30 días calendario posteriores al vencimiento de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta. Como el cronograma general de la renta 2025 vence del 26 de marzo al 13 de abril de 2026, el pago de utilidades se realizará, según el último dígito del RUC, entre fines de abril y mediados de mayo de 2026.
El incumplimiento puede generar denuncias ante SUNAFIL y contingencias laborales para la empresa, por lo que es clave verificar si existe obligación de reparto, calcular correctamente el monto y pagar dentro del plazo legal.
Brindamos asesoría especializada en utilidades 2026 para calcular correctamente el reparto y prevenir contingencias laborales.